Como habíamos adelantado en su oportunidad la edil Nilda Costa fustigó duramente manifestaciones del edil Luciano Andriolo, aunque sin nombrarlo, vertidas en la penúltima sesión de la Corporación con las cuales cuestionaba la actuación de la Comisión Municipal de Becas, señalando que estas apreciaciones fueron demagógicas, realizadas con mala fe y falta de códigos. Por su parte la edil Mayka Acuña en la misma línea que la anterior, también rechazó estas declaraciones, que le provocaban mucha pena y respondían a un juego político, por lo que defendió enfáticamente la labor desarrollada por la Comisión Municipal de Becas, ya que la misma estuvo totalmente ajustada al reglamento vigente y aprobado por la Junta.
A todo esto y según se señaló, ante la negativa de respuestas por parte de los integrantes de la comisión de becas de la Intendencia, compuesta por ediles y asistentes sociales el edil Marco Morosini no tuvo “otra alternativa que presentar un pedido de informes sobre el otorgamiento de becas”.
Concretamente en el documento dejado en la Mesa se expresa que la intención es reclamar informes referidos a becas entregadas a estudiantes de Soriano.
El legislador pretende que se le entregue copia del listado de estudiantes que se presentaron a solicitar la beca, que otorga la Intendencia anualmente, y que es adjudicada luego del estudio que realiza una Comisión, formada por funcionarios de Acción Social y Familia y Ediles de la JD de Soriano.
Listado elaborado por la referida Comisión de Becas, de los estudiantes que fueron beneficiados con las becas: nombres y apellidos, estudio que cursan, localidad.
De no constar con el listado del ítem 1, deseamos saber listado con los solicitantes que no reunieron, a criterio de la comisión, los requisitos para recibirla.
También deseamos saber el monto que se destinará a cada beneficiario y fecha de pago.
Explicó que “no se trata de ningún cuestionamiento al trabajo de la Comisión, pero ante consultas que nos han hecho llegar vecinos, queremos tener datos precisos para contestarles y debido que hasta el momento no se nos ha facilitado listado, nos vemos obligados a realizar este pedido de informes, que esperamos sea contestado lo más pronto posible.
Para esto nos amparamos en el art. 85 inciso 4 del Reglamento de la Junta Departamental y art. 284 inciso 1 de la Constitución de la República.